Inmigración Común
Preguntas y respuestas

Estas preguntas y respuestas sobre inmigración provienen de muchas fuentes, incluida AILA (Asociación Americana de Abogados de Inmigración), así como de nuestras propias conversaciones con clientes.

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Carga Pública

P: ¿Qué significa para usted la nueva regla de carga pública?

Un: El 22 de febrero de 2020, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) confirmó que implementará la nueva regla final de «Inadmisibilidad por motivos de carga pública» el lunes 24 de febrero de 2020. La nueva regla de Carga Pública se aplicará solo a las solicitudes y peticiones con matasellos (o presentadas electrónicamente) a USCIS a partir del 24 de febrero de 2020. Abordamos algunas de las preguntas e inquietudes más comunes con respecto a la nueva regla de Carga Pública que hemos recibido recientemente en nuestra página de Alerta de Inmigración

H-1B Preguntas sobre el Programa de Visas

Vea nuestro video sobre preguntas y respuestas  sobre H-1B

P: ¿Qué es una visa de trabajo H-1B y quién es elegible?

Un: Una visa de empleo de no inmigrante de «ocupación especializada».  Ayuda a aquellos con licenciaturas o títulos avanzados, aquellos que trabajan para el Departamento de Defensa o aquellos que trabajan como modelos de moda, a trabajar en los EE. UU. durante ciertos períodos de tiempo.

La visa H-1B tiene varios niveles y criterios que lo califican de varias maneras.  Algunos están sujetos al sistema de cuotas y otros no.  Es muy importante que usted y su empleador trabajen muy de cerca para determinar los requisitos y el tiempo, ya que hay fechas límite para algunas visas H-1B, y para otras, puede ser mejor presentar la solicitud en una época diferente del año cuando no compita por la atención con aquellos que cumplen con las fechas límite.

Su visa H-1B puede ser de hasta tres años.  Por lo general, las renovaciones no se extienden más allá de los seis años.  Algunos miembros de la familia del titular de la visa H-1B pueden solicitar visas de no inmigrante H-4.

P: ¿Existe un límite en el número de visas emitidas?

R: Cada año se emiten 65,000 visas para no inmigrantes con título de licenciatura y 20,000 visas para no inmigrantes con título de maestría.

P: ¿Cuáles son los plazos para presentar la solicitud?

R: Comience a preparar su documentación en marzo. Puede presentar su solicitud a principios de abril, que es cuando puede presentar su solicitud por primera vez. para el próximo año fiscal, que comienza el 1 de octubre.  No se puede empezar a trabajar hasta el 1 de octubre.

Q: ¿Cuánto tiempo dura el proceso H-1B? Estoy buscando trabajo y necesitaré una visa, y este tipo de visa parece ser mi opción más probable, pero me preocupa el plazo. Necesito empezar a trabajar pronto.

R : Hay algunos pasos que deben completarse antes de solicitar una visa de no inmigrante H-1B. Primero, se debe presentar un salario prevaleciente al Departamento de Trabajo, lo que puede demorar de 6 a 8 semanas. A continuación, se debe presentar nuevamente una Solicitud de Certificación Laboral al Departamento de Trabajo y esto toma 1 semana antes de que se apruebe. Una vez que se reúnen los documentos y se presenta la petición, puede tardar entre 2 y 7 meses, dependiendo de si se trata de la primera petición o de una solicitud de prórroga. Por lo tanto, el proceso completo puede demorar entre 4 y 9 meses.

Pregunta : Solicité una visa H-1B pero aún no he recibido la aprobación. ¿Significa esto que me he perdido este año? ¿Hay alguna manera de que venga a los EE. UU. y comience el trabajo que me ofrecieron y vuelva a postularme el próximo año?

R : Por lo general, cuando se le ha perdido la lotería para la visa H-1B, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos devuelve su solicitud al empleador que lo solicitó. Así es como sabes que no fuiste seleccionado. No puede venir a los Estados Unidos y trabajar a menos que tenga una visa que le permita trabajar aquí. Existen otras visas, como la visa L-1, que permite a los gerentes o personas con conocimientos especializados venir de una empresa en el extranjero a una empresa en los EE. UU. para trabajar. Las empresas, sin embargo, deben estar relacionadas. Un ejemplo es una empresa matriz y su filial.

P: ¿Qué pasa si mi trabajo termina tengo que salir del país?

R: Si lo despiden por cualquier motivo, tiene un período de gracia de 60 días para encontrar un nuevo trabajo, entonces debe completar la documentación que refleje el cambio. Si renuncia, no hay período de gracia y su visa H-1B llegará a su fin.

P: ¿Qué pasa si mi empleador quiere darme un ascenso?

R: El trabajo tiene que seguir siendo el mismo núcleo de trabajo. Su estado no puede cambiar de tiempo completo a tiempo parcial y/o su pago no puede disminuir. Puede obtener un aumento de sueldo sin ningún problema. Básicamente, tienes que seguir haciendo el mismo trabajo principal en el mismo lugar. De lo contrario, su H-1B deberá ser enmendada.

Pregunta : ¿Cuánto tiempo dura el proceso H-1B? Estoy buscando trabajo y necesitaré una visa, y este tipo de visa parece ser mi opción más probable, pero me preocupa el plazo. Necesito empezar a trabajar pronto.

R : Hay algunos pasos que deben completarse antes de solicitar una visa de no inmigrante H-1B. Primero, se debe presentar un salario prevaleciente al Departamento de Trabajo, lo que puede demorar de 6 a 8 semanas. A continuación, se debe presentar nuevamente una Solicitud de Certificación Laboral al Departamento de Trabajo y esto toma 1 semana antes de que se apruebe. Una vez que se reúnen los documentos y se presenta la petición, puede tardar entre 2 y 7 meses, dependiendo de si se trata de la primera petición o de una solicitud de prórroga. Por lo tanto, el proceso completo puede demorar entre 4 y 9 meses.

Pregunta : Fui una de las personas afortunadas en obtener una de las visas H-1B y debía comenzar a trabajar en octubre. Mi empleador me acaba de decir que están reduciendo el personal y que no me contratarán. ¿Hay algo que pueda hacer para proteger la visa? ¿Puedo transferirlo a otro trabajo si puedo encontrar uno?

R : Sí, puedes transferirte a otro trabajo si puedes encontrar uno. Su nuevo empleador tendrá que presentar una nueva petición H-1B por usted.

Preguntas sobre Residentes Permanentes Legales (LPR)

Un residente permanente legal (o LPR, por sus siglas en inglés) es una persona a la que se le ha dado permiso para permanecer en los Estados Unidos.

P: ¿Se puede viajar internacionalmente mientras se es un LPR?

R: Debe tener su pasaporte emitido por el país donde es ciudadano, y para regresar a los EE. UU., debe tener su Green Card.  También es útil tener otros documentos, como su licencia de conducir de EE. UU. También puede perder su residencia permanente si permanece fuera de los EE. UU. durante mucho tiempo, se muda temporal o permanentemente, se llama a sí mismo no inmigrante en sus impuestos o no presenta impuestos sobre la renta mientras vive fuera de los Estados Unidos. Si sabe que estará fuera de los EE. UU., pero no quiere perder su LPR, solicite un permiso de reingreso y considere solicitar una visa de residente de regreso en la embajada o consulado de los EE. UU. más cercano. Por supuesto, esto no se aplica a los miembros de las fuerzas armadas de EE.UU. ni a los empleados civiles del gobierno de EE.UU. en el extranjero en misión oficial.

P: Soy ciudadano de Bolivia y residente permanente de los EE. UU. y quiero patrocinar a mi hijo para que venga a los EE. UU. No está casado. Soy elegible para la naturalización en aproximadamente 5 meses. ¿Debo esperar hasta que sea ciudadano para patrocinarlo, o no hará ninguna diferencia?

R : Debe presentar una petición para él lo antes posible. Esto se debe a que la petición se puede actualizar una vez que se convierta en ciudadano de los Estados Unidos. Además, no hay una gran diferencia en las fechas de prioridad para los hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses y los hijos e hijas solteros de residentes permanentes. Por lo tanto, en cualquier caso, una persona tendría que esperar aproximadamente 6-7 años antes de que sus fechas de prioridad se actualicen en cada categoría. Si su hijo es menor de 21 años, entonces calificará como hijo de un residente permanente y tendrá un corto período de espera de aproximadamente 3-4 meses, a menos que los números retrocedan o se desaceleren. Una vez que se convierta en ciudadano de los Estados Unidos, se le considerará un pariente inmediato y no tendrá que preocuparse por las fechas de prioridad. Podrá solicitar una visa de inmigrante de inmediato.

P: Soy de México pero soy residente permanente de los Estados Unidos. Tengo una familia numerosa en casa: hermanos, hermanas, padres, primos, tías y tíos. Me encantaría que vinieran aquí en busca de una vida mejor, pero quiero que lo hagan legalmente. ¿Qué familiares puedo apadrinar? Puedo naturalizarme el año que viene. ¿Marcará eso la diferencia? ¿Cuánto tiempo dura el proceso?

Respuesta Como residente permanente legal, puede solicitar que sus padres, cónyuge o hijos vengan a los Estados Unidos. Sin embargo, no podrán solicitar inmediatamente una visa de inmigrante una vez que se apruebe la petición porque tienen que esperar hasta que sus números de visa estén disponibles. Los números de visa se actualizan mensualmente en el boletín de visas del Departamento de Estado. Una vez que se naturalice, podrá solicitar a sus padres, cónyuge, hijos e incluso a sus hermanos.

Sus padres pueden solicitar inmediatamente una visa de inmigrante una vez que se apruebe su petición porque se les considera familiares inmediatos. Su cónyuge será considerado un pariente inmediato, así como sus hijos menores de 21 años. No podrá presentar una petición para sus tías, tíos o primos, ya sea como residente permanente legal o como ciudadano de los Estados Unidos. Le sugiero que presente una solicitud para sus padres, cónyuge y/o hijos menores de 21 años ahora porque puede actualizar esas peticiones una vez que se convierta en ciudadano de los Estados Unidos. Esto también le ahorrará algo de tiempo. Debe presentar una petición para sus hermanos y hermanas una vez que se convierta en ciudadano de los Estados Unidos.

I-130, Petición de Familiar Extranjero – Preguntas

Vea nuestro video sobre la I-130

P: Mis padres viven en Honduras. Soy residente aquí y me gustaría saber si puedo traer a mis padres aquí y ayudarlos. ¿Cuál es el proceso y cuánto tiempo tarda?

R : Si bien sus padres son libres de venir a los EE. UU. como turistas, solo puede solicitar la residencia permanente para sus padres cuando es ciudadano de los Estados Unidos. Cuando eres ciudadano, debes solicitarlo con un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero. Le sugiero que presente una petición por separado para cada uno de sus padres como medida de seguridad si uno de sus padres fallece.  Los padres de ciudadanos estadounidenses se consideran parientes inmediatos, por lo que no tienen que esperar mucho tiempo para obtener un número de visa.  La petición I-130 tardará de 3 a 6 meses en ser adjudicada.  Una vez que se aprueba, sus padres pueden venir a los Estados Unidos a través del proceso consular con visas de inmigrante.  Recibirán sus Green Cards una vez que lleguen a Estados Unidos.

P: Mi hermano solicitó por mí una solicitud I-130 y fue aprobada recientemente. Ahora estoy enviando un I-485. En 1980, cuando solo tenía 21 años, solicité un programa de amnistía. Me dieron un permiso de trabajo. En 2006, sin embargo, se me negó una extensión del permiso de trabajo porque mi abogado perdió el caso de amnistía en los tribunales. ¿Afectará esto a mi solicitud I-485?

R : Esto dependerá de cuál haya sido el resultado de su caso en la corte. Si recibió una orden de deportación, eso puede afectar su solicitud I-485. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos no tendría jurisdicción para pronunciarse sobre el caso. Lo más probable es que tenga que solicitar una moción para reabrir su caso porque ahora puede adaptarse. Solicitar una moción conjunta para reabrir con el Departamento de Seguridad Nacional es la mejor manera de hacerlo. También asegúrese de que la petición presentada por su hermano haya sido presentada antes del 30 de abril de 2001. De lo contrario, no podrá ajustarse en los Estados Unidos y tendrá que realizar un proceso consular.

Pregunta: Soy residente permanente y presenté una solicitud I-130 para mi hija hace unos 9 meses. Desde entonces se ha casado. ¿Afecta esto a la aplicación?

R : Sí, el matrimonio de su hija la eliminará de las categorías de preferencia y ya no podrá solicitar una visa de inmigrante hasta que se convierta en ciudadano de los Estados Unidos. La ley de inmigración no permite que un residente permanente legal patrocine a un hijo o hija casado.

P: Mi madre, que era ciudadana estadounidense, patrocinó a mi hermana para que viniera a los Estados Unidos desde Honduras. Lamentablemente, mi madre murió hace dos semanas. ¿Necesita mi hermana un nuevo padrino? ¿Qué pasa con su fecha de prioridad?

Un:  Si su hermana no está en los Estados Unidos, entonces, desafortunadamente, su petición será revocada automáticamente y perderá su fecha de prioridad. Una petición sigue siendo válida solo si el peticionario fallece cuando el beneficiario se encuentra en los Estados Unidos.

Autorización de Empleo Preguntas sobre el documento (EAD)

Q:  Si un estudiante F1 con estatus D/S realiza un trabajo no autorizado, ¿cuál es el proceso para cancelar su estatus? ¿Puede ISO cancelarlo sin remitir el caso a un juez de inmigración? ¿Tiene CBP la misma autoridad para cancelar una visa F1 por violaciones de trabajo?

R : El empleo no autorizado viola automáticamente un estatus F-1. Cuando una ISO toma esta determinación (que una persona ha violado su estatus), la persona es referida a ICE para procedimientos de deportación y ICE toma esa determinación. Deberá comunicarse con CBP para conocer el procedimiento para el procedimiento de deportación. Ni USCIS ni CBP cancelan las visas emitidas por DOS. Información de contacto de ICE: [email protected]o llame al 703-630-3400. Además, para el sitio web de CBP, visite www.cbp.gov y vaya a viajar, luego visitantes internacionales, o llame al 877-227-1511. Para ponerse en contacto con el Departamento de Estado, visite www.state.gov.

Q. Para los estudiantes F-1 con OPT aprobado que tienen la intención de trabajar por cuenta propia, ¿el tiempo que el estudiante está estableciendo el negocio (formando una entidad legal, obteniendo una licencia comercial, tomando exámenes profesionales, etc.) cuenta como empleo, o el NSC vería estas actividades preparatorias como desempleo y, por lo tanto, contaría contra el período máximo de desempleo de 90 días para mantener el estatus F-1?

Respuesta : El Manual de Políticas de SEVIS dice que un estudiante en OPT puede trabajar por cuenta propia y debe poder demostrar que tiene las licencias comerciales adecuadas y que participa activamente en un negocio relacionado con el programa de grado del estudiante. En respuesta a una pregunta de seguimiento sobre el período de 90 días, NSC respondió que todos los casos que ha visto involucraron situaciones en las que el estudiante ya tenía el negocio establecido.

Pregunta : Vine a los Estados Unidos con una visa de visitante, pero no quiero regresar a Colombia. Cuando llegué tenía toda la intención de irme, pero ahora, con un mes restante en mi visa, la idea de regresar, me llena de pavor. ¿Cuáles son mis opciones? Tengo un título universitario y hablo español con fluidez.

R : Tienes varias opciones. Puedes inscribirte en una escuela y obtener una visa de estudiante no inmigrante F-1. Si cree que necesita más tiempo para inscribirse en la escuela, puede solicitar una extensión de su estatus de visitante B-2 con USCIS. Otra opción es si una empresa está dispuesta a solicitar por usted una visa de no inmigrante H-1B; sin embargo, debe mantener el estatus hasta que se le otorgue el cambio de estatus.

Dueño del negocio: Indocumentado

Para obtener más preguntas y respuestas, vea nuestro video sobre permisos de trabajo, números de seguro social e impuestos 

Q: Soy dueño de un negocio aquí en los Estados Unidos. Es muy exitoso. Pago todos mis impuestos y he contratado a muchos trabajadores. Mi problema es que estoy aquí ilegalmente. He estado aquí 9 años, pero no tengo parientes que sean ciudadanos estadounidenses y he trabajado muy duro para construir mi negocio y soy un líder respetado en mi comunidad. Me preocupa mucho que se descubra mi estado y pueda perder todo por lo que he trabajado. ¿Hay algo proactivo que pueda hacer? Si tengo que irme, no tendría más remedio que cerrar el negocio y entonces mucha gente sufriría.

R : No hay pasos proactivos que pueda tomar para obtener un estatus en los Estados Unidos. Existe la posibilidad de solicitar asilo, sin embargo, debe explicar por qué no solicitó asilo dentro de un año de su última entrada, lo cual es difícil de superar. Si el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) lo detiene, entonces puede explicar los beneficios que ha brindado a su comunidad y a otros, y ellos tienen la discreción de iniciar procedimientos en su contra

I-824, Solicitud de Acción sobre una Solicitud Aprobada

P: Describa el proceso que Nebraska lleva a cabo cuando se aprueba un I-824 y el caso debe enviarse al Centro Nacional de Visas («NVC») para el procesamiento de seguimiento para unirse a un inmigrante. ¿Qué opciones de servicio al cliente están disponibles cuando ha pasado un tiempo significativo entre la aprobación del I-824 y cuando el NVC notifica al beneficiario que el caso está listo para su procesamiento adicional? Este proceso de transferencia de archivos causa dificultades considerables a las familias que no pueden obtener una reparación de USCIS (que solo confirma que el I-824 fue aprobado) y el NVC (que solo afirma que no tiene el caso).

Un: Cuando el NSC aprueba una petición, envía copias de los documentos pertinentes al NVC para su posterior procesamiento. Si los peticionarios experimentan retrasos en la audiencia del NVC, pueden comunicarse con el NVC al [email protected] o al (603) 334-0700. NSC está trabajando con NVC para mejorar los procesos, lo que reiteró en respuesta a una pregunta de seguimiento sobre retrasos.

Preguntas sobre viajes

P: Si un familiar de un estudiante F1 presenta una solicitud I-130 para la F, entonces, ¿cuáles son los riesgos de viajar para la F1 porque la F1 no es una visa de doble intención?

Respuesta : La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) toma decisiones sobre las solicitudes de admisión. Por favor, dirija esta pregunta a CBP a través de su centro de información que se puede encontrar en www.cbp.gov.

P: ¿Cuál es el riesgo de intentar cruzar la frontera en México sin mi pasaporte? Se me ha restringido el uso de mi pasaporte porque estoy atrasado en la manutención de mis hijos. ¿Puedo usar mi certificado de ciudadanía y mi DNI?

Respuesta : Se requiere un pasaporte estadounidense para ingresar a los Estados Unidos por tierra, aire o mar.

Q: Estoy esperando que se procese mi solicitud de Green Card y ya ha tardado más de un año. Necesito viajar por mi trabajo y me preocupa perder mi trabajo si no puedo hacer este viaje. También tengo miedo de decirle a mi jefe que mi Green Card aún no ha sido otorgada. ¿Puedo solicitar permiso para salir y volver sin abandonar la aplicación? ¿Tengo que decírselo a mi jefe (no es mi patrocinador)?

R : Puede solicitar un permiso adelantado que le permite salir de los Estados Unidos y volver a ingresar mientras su solicitud de residencia permanente está pendiente con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos. No tiene que notificar a su jefe que está solicitando el permiso adelantado.

Estado

P: Aparte de que un estudiante esté físicamente incapacitado, ¿puede NSC ofrecer algunos ejemplos de circunstancias extraordinarias que serían viables para permitir la reincorporación de un estudiante que ha estado fuera de estatus por más de cinco meses?

R : NSC no adjudica solicitudes de reincorporación. La Oficina Local de USCIS se encarga de estos. Visite www.uscis.gov para encontrar una oficina local local.

Volver a ingresar a EE. UU.: Permiso y renuncia

Pregunta : Solicité asilo en 2001. En diciembre de ese año, fue denegada. Apelé el caso hasta 2005 y mi última moción fue enviada a la corte. En 2007, me fui de los Estados Unidos. Me casé y me convertí en ciudadana canadiense con el mismo caso de asilo que había presentado en los Estados Unidos. En diciembre de 2013, regresé a los Estados Unidos. Tenía curiosidad por saber sobre mi caso aquí, así que me comuniqué con un funcionario de inmigración, me dijo que debía salir del país porque tenía pendiente la deportación. ¿Qué tengo que hacer?

R : Si un juez de inmigración le ha ordenado la expulsión, entonces no se le permite ingresar a los Estados Unidos por un período de al menos 10 años a menos que obtenga permiso para ingresar. Si ingresó ilegalmente o actualmente se está quedando más tiempo del permitido por su estatus, es posible que haya invocado la prohibición permanente de los Estados Unidos si regresa a Canadá. Puede solicitar la reapertura de su caso si hay circunstancias que justifiquen la reapertura o puede regresar a Canadá y solicitar permiso para volver a ingresar antes de su próxima entrada. El procedimiento para solicitar permiso y perdón para volver a ingresar a los Estados Unidos depende de si está intentando ingresar como inmigrante o no inmigrante.

DACA – Pregunta

Vea nuestro último video del abogado de inmigración y socio Francis Fungsang 

Pregunta : Tengo un hijo de 12 años. Cruzó la frontera conmigo cuando tenía 6 años. ¿Podrá solicitar DACA en el futuro?

R : Si su hijo ingresó a los Estados Unidos el 15 de junio de 2007 o antes, entonces será elegible para DACA una vez que cumpla 15 años y cumpla con los otros requisitos de DACA.

Libertad condicional humanitaria

Pregunta : Hace tres años, mi familia vino a los Estados Unidos desde la República Dominicana con una visa de turista. Nos quedamos más tiempo del permitido debido a la condición médica de mi hijo y porque le encontramos tratamiento aquí con un neurólogo maravilloso. Nació con lesiones cerebrales y está mucho mejor bajo tratamiento aquí de lo que yo podría haber pagado en mi país. ¿Qué podemos hacer mi esposo y yo para quedarnos aquí?

R : Es posible que pueda solicitar el permiso humanitario, sin embargo, esto generalmente se hace antes de solicitar la entrada a los Estados Unidos. Si el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) descubre que usted está presente ilegalmente en los Estados Unidos, puede explicar a los oficiales su situación. ICE tiene discreción para decidir si inicia o no un procedimiento.

Cambio de nombres

P: Soy residente permanente. ¿Tengo que esperar a convertirme en ciudadano para cambiar legalmente mi nombre? Mi padre me dio un nombre de niño que no me gusta y me dijeron que podía cambiarme el nombre.

R : No tiene que esperar hasta que sea ciudadano para cambiar su nombre. Puede cambiar su nombre de acuerdo con los procedimientos establecidos en su estado.

Las presentaciones fraudulentas están infringiendo la ley

Pregunta : Llegué a los Estados Unidos como estudiante y le pagué a una chica para que se casara conmigo para poder obtener una Green Card. No puedo localizarla y necesito presentar el I-751. Me preocupa que USCIS descubra mi fraude. ¿Puedo presentar el I-751 sin ella?

R : No recomendamos presentar una solicitud que sea fraudulenta.

El estudiante desea quedarse

Pregunta : Vine a los Estados Unidos con una visa de visitante, pero no quiero regresar a Colombia. Cuando llegué tenía toda la intención de irme, pero ahora, cuando me queda un mes de visado, la idea de volver allí me llena de pavor. ¿Cuáles son mis opciones? Tengo un título universitario y hablo español con fluidez.

R : Tienes varias opciones. Puedes inscribirte en una escuela y obtener una visa de estudiante no inmigrante F-1. Si cree que necesita más tiempo para inscribirse en la escuela, puede solicitar una extensión de su estatus de visitante B-2 con USCIS. Otra opción es si una empresa está dispuesta a solicitar por usted una visa de no inmigrante H-1B; sin embargo, debe mantener el estatus hasta que se le otorgue el cambio de estatus.

Visa de 10 años con vencimiento de 6 meses

Pregunta : Acabo de llegar de Venezuela hace 2 semanas. Tuve la suerte de obtener una visa de 10 años con un vencimiento de 6 meses. No hay forma de que regrese a Venezuela, ¿hay algo que pueda empezar a hacer con un abogado?

R : La visa de diez años solo significa que se le permite viajar a un puerto de entrada a los Estados Unidos, donde luego será inspeccionado por un oficial de inmigración. El período de tiempo que tiene para permanecer en los Estados Unidos se estampa en su pasaporte, que generalmente es de 6 meses. Si teme regresar a Venezuela debido a la persecución o daño que sufrió allí o teme persecución o daño, entonces es posible que pueda solicitar asilo en los Estados Unidos.

Debes solicitar asilo dentro de un año de tu última entrada, también puedes solicitar una visa de estudiante e ir a un colegio o universidad para extender tu estadía. Tendrías que demostrar la intención de regresar a Venezuela después de tus estudios porque es una visa de no inmigrante.

Opciones para Inversionistas Inmigrantes

Pregunta : Mi hermano es dueño de un negocio en México, está cansado de la delincuencia en mi ciudad. Tiene una muy buena oferta para vender su negocio por dinero en efectivo. ¿Hay alguna forma de que use este dinero para invertir en los EE. UU. y obtener una visa para traer a mi familia?

R : Es posible que su hermano pueda presentar una autopetición y solicitar una visa de inmigrante bajo la quinta categoría basada en el empleo. Sin embargo, esto requiere una inversión de $500,000 o $1,000,000 en un negocio en los Estados Unidos que crea empleos de tiempo completo. También puede solicitar una visa de inversionista E-2 que le exigirá invertir una suma sustancial en negocios en los Estados Unidos, donde generará un ingreso más que solo para mantenerlo a él y a su familia.

Cancelación de 10 años

¿Tiene más preguntas? Vea nuestro video sobre la cancelación de deportación de 10 años sin LPR

Pregunta : ¿Quién es elegible para la cancelación de 10 años? ¿Cuánto dura el proceso?

Un: Para ser elegible para la cancelación y ajuste de estatus de 10 años para ciertos residentes no permanentes, una persona debe haber estado físicamente presente en los Estados Unidos durante 10 años, debe tener buen carácter moral, no debe tener ciertas condenas penales y debe establecer que un pariente calificado sufrirá dificultades excepcionales y extremadamente inusuales. El proceso puede tomar varios años debido a la acumulación de casos que enfrentan los tribunales de inmigración.

Estadía prolongada en el estado

Pregunta : Personas que se quedan más tiempo del permitido por una visa de turista y no hacen nada al respecto. ¿Qué tienen que hacer? ¿Cuáles son sus opciones?

R : Se considera que las personas que se quedan más tiempo del permitido por una visa de turista se han quedado más tiempo del permitido. Comienzan a acumular presencia ilegal después de que expira su estatus. Hay una variedad de opciones disponibles para estas personas; sin embargo, depende de una serie de factores, como cuánto tiempo esa persona ha estado presente ilegalmente en los EE. UU., de qué país es, cualquier daño que haya experimentado en su país, etc.

Asistencia a audiencias

Pregunta : Personas que no se presentan a las audiencias de deportación por miedo, pero quieren hacerse cargo de la situación. ¿Qué sugieres?

R : Siempre asista a sus audiencias de deportación. Si no lo hace, se ordena que lo retiren in absentia, lo que significa que no está allí. Una vez que reciba una orden de deportación, deberá presentar una moción para reabrir su caso. Debe demostrar una falta de notificación para su audiencia o una circunstancia excepcional que le impidió asistir.

Estas preguntas y respuestas comunes sobre inmigración provienen de muchas fuentes, incluida AILA (Asociación Americana de Abogados de Inmigración) y nuestras propias conversaciones con los clientes. Por favor contáctenos Si tiene una pregunta que no puede encontrar aquí.

Pregunta : Fui arrestado por conducir bajo los efectos del alcohol la semana pasada, pero la policía no se dio cuenta de que no tenía documentos. Tengo que comparecer ante el juez la semana que viene. ¿Se enterarán de mi estado? ¿Pueden deportarme? Si no voy a la corte, ¿qué pasará?

Respuesta Siempre debe ir a la corte cuando se programe una audiencia. Un juez penal no es un juez de inmigración y no puede deportarlo. Sin embargo, puede preguntar sobre su estado para explicarle que puede tener consecuencias migratorias por condenas. Si no va a la corte, se emitirá una orden de arresto. Esta no es una buena opción. Siempre existe la posibilidad de que el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) sea notificado de su estatus ilegal.

Salir de los EE. UU.

Pregunta : Mi hermano es residente permanente, hace un par de meses mi madre en Perú tuvo un infarto así que él fue a verla. Una vez allí su situación empeoró, han pasado cerca de 6 meses, ¿mi hermano va a tener problemas para volver? Solo lleva un año como residente.

Respuesta : Si su hermano regresa dentro de los 6 meses posteriores a su última salida de los Estados Unidos, entonces no debería tener ningún problema cuando regrese. Si su hermano regresa después de 6 meses de su última salida de los EE. UU., entonces la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza puede cuestionar su intención de vivir permanentemente en los Estados Unidos. Su hermano debe traer evidencia cuando regrese a los EE. UU. de la razón por la que permaneció tanto tiempo fuera del país. La evidencia puede incluir el registro médico de su madre y documentos que muestren la intención de residir permanentemente en los EE. UU. Estos documentos son declaraciones de impuestos, evidencia de empleo en los Estados Unidos, evidencia de familiares inmediatos en los EE. UU. y otros documentos que muestran su intención.

Asilo

Vea nuestro video sobre preguntas y respuestas  sobre asilo

Pregunta : ¿Qué sucede si alguien no ingresó legalmente a los EE. UU. pero ahora está trabajando para una empresa que quiere patrocinarlo?

Respuesta : Si una persona no ingresó legalmente y ahora está trabajando para una empresa que quiere patrocinarlo, entonces esa persona no podrá ajustar su estatus a residente permanente en los Estados Unidos. Entrar sin inspección es inadmisible para obtener una tarjeta verde.

Pregunta : Vine a los EE. UU. con una visa de visitante, pero no quiero regresar a Colombia. Cuando llegué tenía toda la intención de irme, pero ahora, cuando me queda un mes de visado, la idea de volver allí me llena de pavor. ¿Cuáles son mis opciones? Tengo un título universitario y hablo español con fluidez.

Respuesta : Tienes algunas opciones. Puedes inscribirte en una escuela y obtener una visa de estudiante no inmigrante F-1. Si cree que necesita más tiempo para inscribirse en la escuela, puede solicitar una extensión de su estatus de visitante B-2 con USCIS. Otra opción es si una empresa está dispuesta a solicitar por usted una visa de no inmigrante H-1B; sin embargo, debe mantener el estatus hasta que se le otorgue el cambio de estatus.

Pregunta : Acabo de enterarme de que mi jefe no tiene documentos y fue arrestado por ICE. ¿Qué pasará con su restaurante si es deportado?

Respuesta : Esto dependerá de si su jefe puede o no mantener el negocio en los Estados Unidos durante su ausencia.

Pregunta : Necesito que me renueven la visa. ¿Tengo que regresar a mi país de origen, Perú, o puedo ir al consulado de Estados Unidos en Canadá, que está mucho más cerca?

Respuesta : Puede ir a Canadá para renovar su visa, sin embargo, tenga en cuenta que es posible que necesite una visa emitida por Canadá para ingresar al país. También tenga en cuenta que muchas otras personas buscan renovar su visa en el Consulado de los Estados Unidos en Canadá.

Pregunta : No tengo documentos aquí en los Estados Unidos, pero realmente quiero ir a la universidad y estudiar enfermería. No tengo seguridad social, así que no puedo inscribirme en las clases. Tampoco califico para DACA. ¿Hay alguna forma de obtener una visa para ser estudiante a pesar de haber venido ilegalmente?

Respuesta : No, no se le aprobará una visa de estudiante. Sin embargo, no es necesario tener una visa para asistir a la universidad. Algunas escuelas pueden requerir un número de seguro social, pero puedes solicitar un número de identificación fiscal y usarlo en su lugar.

Pregunta : Hace dos meses presenté mi solicitud I-751 después de haber estado casado durante dos años. La semana pasada mi esposo me pidió el divorcio, pero dijo que esperaría hasta que se aprobara mi tarjeta verde. ¿Puedo divorciarme mientras la solicitud está pendiente y aún así obtener mi tarjeta verde, o debo aceptar la oferta de mi esposo de esperar?

Respuesta Siempre y cuando esté preparado para demostrar que su matrimonio fue de buena fe en ese momento, aún puede eliminar las condiciones de su tarjeta verde, incluso si está divorciado. Dado que su I-751 está actualmente pendiente, puede ser aconsejable esperar hasta que se apruebe.

Pregunta : Acabo de recibir mi autorización de trabajo de DACA y quiero comenzar a pagar mis impuestos para que cuando entre en vigor la nueva ley pueda avanzar rápidamente en el camino hacia la ciudadanía. ¿Qué debo hacer? ¿Necesito un abogado de inmigración que me ayude o simplemente debo comunicarme con la oficina de impuestos y preguntarles?

Respuesta: Póngase en contacto con un asesor fiscal con experiencia.

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