Corte restablece prioridades de deportación de Biden

Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del 6º Circuito anuló un fallo judicial emitido por una corte de Ohio que había dejado sin efecto las prioridades de deportación del gobierno.

El fallo mantiene la política del gobierno de priorizar la expulsión solo de aquellos extranjeros con antecedentes criminales graves y que representan una amenaza a la seguridad pública, nacional y fronteriza de Estados Unidos.

La lista también incluye a todos aquellos no ciudadanos que ingresaron sin autorización al país (sin ser inspeccionados) después del 1 de noviembre de 2020.

La decisión fue emitida dos semanas después que un juez federal bloqueara la discrecionalidad otorgada a los funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) para que decidieran, caso por caso, qué inmigrantes debían ser deportados.

En la sentencia, el juez Michael J. Newman desestimó los alegatos del DHS y concedió la demanda entablada por los estados de Arizona, Montana y Ohio, quienes alegan que quienes alegan que el gobierno violó la ley al modificar y establecer las prioridades de deportación, sobre todo de aquellos indocumentados que tienen una orden de expulsión vigente.

La orden de Newman significó que el gobierno debe proceder con las deportaciones y no puede “autorizar la liberación de, ya sea bajo fianza, supervisión o de otro modo, de un no ciudadano con una orden final de deportación”.

Pero el panel de jueces de la Corte de Apelaciones del 6º Circuito en Ohio anuló la orden emitida el 22 de marzo. ¿La razón? El panel aceptó el argumento del DHS, quien advirtió que la implementación de aquella orden “desestabilizaría” el aparato de aplicación de la ley.

Cuáles son las prioridades

Estas son las prioridades de deportación del gobierno de acuerdo con el memorando emitido por el secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), Alejandro Mayorkas, el 29 de septiembre del año pasado.

Tal y como anunció el gobierno en febrero, las prioridades de deportación son:

– Amenaza a la seguridad nacional: un no ciudadano que participe o sea sospechoso de terrorismo o espionaje, o relacionado con el terrorismo o actividades relacionadas con el espionaje, o que represente un peligro para la seguridad nacional.

– Amenaza a la seguridad pública: un no ciudadano que represente una amenaza actual para la seguridad pública, generalmente debido a un delito grave.

– Amenaza a la seguridad fronteriza: un no ciudadano que represente una amenaza para la seguridad fronteriza.

Información de Univisión

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